1.- Las Mesas Directivas y Contralorías Sociales se deben conformar al mismo tiempo en la primera asamblea.
2.- En las Escuelas Particulares no aplica la integración de la Contraloría Social.
3.- Las Contralorías Sociales se componen de Padres de Familia que no hayan formado parte de las Mesas Directivas (Lineamiento Decimo cuarto del acuerdo secretarial)
4.- Los integrantes electos de la Mesa Directiva deberán ser Padres, Madres de Familia o Tutores.
5.- Se solicita de la manera mas atenta remitir el Directorio de la Mesa Directiva y Contraloría Social solamente de manera ELECTRONICA.
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